Los ciudadanos que cometan delitos durante el desarrollo de las elecciones generales podrían ser procesados y sancionados en juicios sumarios bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1194, conocido como Ley de Flagrancia, advirtió el presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona.
Así, precisó, se consideran delitos perturbar o dificultar el desarrollo del proceso electoral (obstaculización del tránsito y toma de locales de votación y sedes de organismos electorales), impedir el ejercicio del derecho de sufragio de los electores u obligarlos a hacerlo en determinado sentido, suplantar a votantes, realizar publicidad electoral el mismo día de los comicios, entre otros.